¿Qué coches deben llevar el nuevo distintivo ambiental en Madrid?
Madrid se ha convertido en la primera ciudad que hará obligatorio el uso del distintivo ambiental de la DGT. Esta nueva pegatina, situada en la parte inferior derecha del parabrisas delantero (o en algún lugar visible en su defecto), indica el nivel de emisiones de nuestro vehículo y algunos datos más.
A partir de abril de 2019, dentro de 6 meses, será totalmente obligatorio llevarla en el coche en el ayuntamiento de Madrid. Todos aquellos que circulen sin esta pegatina, en episodios de contaminación (sea del grado que sea), podrán llevar una sanción económica (multa) de 90 euros (45 con pronto pago). Es por esa razón que, si resides en Madrid, deberías plantearte hacerte con ella cuanto antes.
Esto se aplicará en Madrid Central en episodios de alta contaminación donde se puede restringir el acceso a vehículos sin etiqueta. En el resto de los días la pegatina no tendrá ningún tipo de repercusión. En el futuro es posible que esta norma se extienda a más ciudades y zonas de la capital.
¿Qué coches están obligados a llevar el distintivo ambiental?
Todos los vehículos (incluso las motos), a menos que tengas un vehículo de clase A, de la cual hablaremos más abajo, estarán obligados a llevarlo. Se establecen cuatro apartados para las 4 pegatinas diferentes, de más a menos contaminante.
Distintivo B
- Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V.
- Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.
Distintivo C
- Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI.
- Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.
Distintivo ECO
- Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía de menos de 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP). En todo caso, además deberán ser vehículos con combustible gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.
- Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía para menos de 40km, híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado de petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir que el nivel de emisiones del vehículo sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.
Distintivo 0 emisiones
- Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículos eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículos eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
¿Qué vehículos no tendrán que llevar el distintivo ambiental?
Los vehículos A, todos aquellos que por su clasificación en el Registro de Vehículos no cumplen las condiciones o requisitos para obtener la clasificación 0 emisiones, ECO, C o B estarán exentos de llevar este distintivo (por no existir uno específico para ellos). Serán vehículos, por lo general, de más de 15 años e incluso motos de 2000 para atrás.
Ahora ya lo sabes. Si tienes un vehículo de menos de 15 años lo más probable es que tengas que llevar una de estas pegatinas en tu coche. Consíguela cuanto antes. En nuestra web te explicaremos todos los lugares posibles dónde conseguirlas.