¿En qué consiste el etiquetado de vehículos según su grado de contaminación?

La DGT lleva tiempo trabajando en el distintivo ambiental para vehículos. Hasta la fecha, en España, este distintivo no es obligatorio sino de carácter voluntario. Esta pegatina, que a priori no nos afecta en nada, indica el nivel de emisiones de nuestro vehículo y algunos datos más.

En la normativa de la DGT se da la posibilidad a los ayuntamientos de que hagan el uso del dispositivo obligatorio, como pasará en Madrid a partir del próximo mes de abril de 2019. En este momento será obligatorio circular por la ciudad con este dispositivo cuando se halle en alerta de contaminación y los que no lo lleven podrían tener su propia sanción, de 90 euros.

El dispositivo ambiental está pensado para todos los vehículos, excepto los más antiguos

En el distintivo se indica el nivel de emisiones, un código QR con los datos del coche, el numero de la etiqueta, matricula y combustible usado y el logo de la DGT. En la imagen podéis ver todo lo que está en esta pegatina.

Actualmente, en España, solo Madrid ha activado un nuevo protocolo que restringirá el acceso de los vehículos a la ciudad según el nivel de alerta por contaminación. A continuación puedes ver cuáles son las 4 pegatinas que puedes tener y qué vehículos la llevan.

Distintivo B

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.

Distintivo C

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

Distintivo ECO

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía  de menos de 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP). En todo caso, además deberán ser vehículos con combustible gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía  para menos de 40km, híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado de petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir que el nivel de emisiones del vehículo sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

Distintivo 0 emisiones

  • Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículos eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículos eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Y por último, ya sin pegatina, estarán los vehículos de Clase A. Serán todos aquellos que por su clasificación en el Registro de Vehículos no cumplen las condiciones o requisitos para obtener la clasificación 0 emisiones, ECO, C o B:

  • Vehículos de gasolina del año 2000 y anteriores.
  • Vehículos diésel del año 2006 para atrás.

Esto hará que diversas motos no puedan circular por algunas ciudades en episodios de alta contaminación. La pegatina se pega en la parte inferior derecha del parabrisas delantero y, en su defecto, en algún lugar visible del vehículo cuando este carece de parabrisas.

En próximos artículos te explicaremos cómo conseguirla o en qué coches será obligatorio llevarla.